Período probatorio en Puerto Rico

Desde la Reforma Laboral de 2017, todo empleado nuevo tiene un período probatorio automático de 9 meses, o de 12 meses si es ejecutivo, administrador o profesional. Durante el período, un despido no conlleva mesada.

En resumen

  • 9 meses automáticos para la mayoría de los empleados.
  • 12 meses para ejecutivos, administradores y profesionales.
  • El patrono y el empleado pueden acordar un período más corto, no más largo.
  • Si te despiden en el período probatorio no hay mesada, pero sí te deben salario y vacaciones.

¿Cuánto dura?

El Artículo 8 de la Ley 80 establece un período probatorio automático: no hace falta un contrato escrito. Dura:

  • 12 meses para empleados clasificados como ejecutivos, administradores y profesionales bajo la ley federal de normas razonables del trabajo (FLSA) y los reglamentos del DTRH.
  • 9 meses para el resto de los empleados.

El patrono y el empleado pueden acordar un período más corto que el automático. Si hay una unión, aplica el período acordado entre el patrono y la unión.

Ejemplo

Si empezaste el 3 de marzo de 2026, un período de 9 meses termina el 3 de diciembre de 2026. Si eres ejecutivo, administrador o profesional, termina el 3 de marzo de 2027.

¿Qué pasa si me despiden durante el período probatorio?

La ley dispone que el despido de un empleado probatorio no está sujeto a la indemnización de la Ley 80. Aun así, el patrono tiene que pagarte:

  • Todo el salario trabajado, incluidas las horas extra.
  • Las vacaciones acumuladas, si las hay.
  • El bono de Navidad, si trabajaste las horas mínimas del período del bono.

Calcula el total con la calculadora de liquidación final.

Vacaciones y enfermedad durante el período probatorio

La Ley 180 dispone que la licencia por enfermedad se acumula desde el comienzo del período probatorio. Las vacaciones se acumulan desde la fecha de comienzo para el empleado que aprueba el período probatorio. Las vacaciones no se pueden exigir hasta acumularlas por un año.

Si empezaste antes de 2017

El período probatorio automático viene de la Ley 4-2017 (Reforma Laboral), vigente desde el 26 de enero de 2017. Quien ya trabajaba para el mismo patrono antes del 26 de enero de 2017 quedó bajo las reglas anteriores.

Preguntas frecuentes

¿El patrono puede extender el período probatorio?
No por encima del período automático de la ley. La Ley 80 solo permite acordar un período menor que los 9 o 12 meses.
¿Me pagan las vacaciones si me despiden en el período probatorio?
Sí. La Ley 180 obliga a pagar las vacaciones acumuladas al cesar en el empleo, aunque sea menos de un año.

Fuentes oficiales

El cálculo sigue el texto oficial de la ley. Actualizamos la página cuando la ley cambia.

Calculadoras

Información educativa basada en el texto de la ley. No es asesoría legal: para tu caso, consulta al DTRH, a Ayuda Legal Puerto Rico o a un abogado.